Nuevas penalizaciones por energía capacitiva, ¿cómo podemos evitarlas?

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.R.C./Gijón

Hace unos meses se emitió la Circular 3/2020 de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) publicada en el BOE el 24 de enero de 2020, donde establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte y distribución eléctrica.

¿Qué establece Circular 3/2020 de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia?

Establece una penalización por exceso de inyección de energía capacitiva a la red.

¿Cuándo empieza aplicarse la penalización por energía capacitiva?

Según la disposición transitoria primera: “1. Las empresas distribuidoras y comercializadoras adaptarán los equipos de medida, los sistemas de facturación y los contratos a lo dispuesto en esta circular antes del 1 de noviembre de 2020“

¿A quién afecta esta nueva penalización por energía capacitiva?

A todos los consumidores de alta tensión que tengan contratados  a más 1 kV, es decir aquellos que disponen de un transformador de potencia propio.

¿A qué periodo se va aplicar la penalización por energía capacitiva?

Sólo al  periodo tarifario 6. Estos pertenece a los peajes 6.1 TD, 6.2 TD, 6.3 TD y 6.4 TD.

El horario es el siguiente:

  • Lunes a Viernes –> 0-8h (horas valle)
  • Sábado, Domingo y Festivos nacionales –> 24h

 

¿Cuándo se aplicará la penalización por energía capacitiva?

Se aplicará de forma horaria a todos los excesos de capacitiva que superen el límite de un cos phi de 0,98 capacitivo. Expresado en porcentaje, significa que de manera horaria el consumo de kvarC.h debe ser inferior al 20 % del consumo de kWh, aplicándose a los excesos un cargo de 0,05 €/kvarC.h, análogo a los actualmente imputados sobre los excesos de energía reactiva inductiva.

En este periodo, habitualmente existirá un consumo menor de energía activa con respecto al resto de periodos, por tanto, las posibilidades de exceder el consumo de kvarC.h permitido son significativamente elevadas.

Por consiguiente, se hará aún más indispensable la necesidad de una compensación de energía reactiva más eficiente y precisa, siendo 100% necesario realizar la medida de corriente en las 3 fases de la instalación.

 

¿Cómo podemos evitar penalizaciones por exceso de inyección de energía capacitiva a la red?

Actualmente, es habitual encontrarse con instalaciones en las que las baterías de condensadores están sobredimensionadas, o están mal configuradas provocando que no alcance a corregir pese a tener capacidad o al revés, a que corrija en exceso.

Para seleccionar y dimensionar una batería de condensadores que se ajuste a las necesidades de la instalación es muy recomendable, llevar a cabo realizar un diagnóstico energético que consista en efectuar una serie de mediciones de la que se obtendría la información necesaria para dimensionar  y acotar la  batería de condensadores adecuada.

La presencia de armónicos en la instalación, hay que tener también en cuenta a la hora de dimensionar para tratar de que se corregir ambos problemas de forma conjunta mediante baterías y filtros de armónicos.

No hay una solución única aplicable para todas las instalaciones. Se debe realizar un estudio y análisis  para cada caso  mediante un diagnóstico energético exhaustivo que determinará la mejora adecuada en la compensación de energía reactiva y/o de armónicos.

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