S.R.C./Gijón
Este año se cumple el cuarto aniversario de la aprobación del RD 56/2016, donde las grandes empresas o grupos de sociedades que se encuentren dentro del ámbito de aplicación de su artículo 2 deberán de renovar la auditoría energética.
Según el estudio de impacto elaborado por Ministerio de Industria, Energía y Turismo, en el año 2016, calculaba que se realizarían 23.400 auditorías energéticas: el 20% se efectuarán en la industria; el 5%, en la construcción; el 15%, en establecimientos comerciales; y el 60%, en el resto de empresas de servicios.
Auditorías energéticas 2016
Así mismo, el Clúster de Eficiencia Energética de Cataluña (CEEC) estimaba que cerca de unas 3.800 empresas en España debían se someterse a una auditoría energética, con cerca de 27.000 establecimientos o locales y, según revela el PNAEE 2017 -2020 (26 de abril de 2017), acabaron haciéndolo un 70%, ya que 2.659 empresas ya han remitido 15.476 auditorías al Registro central correspondiente.
Recordemos, que una auditoría…
En pocas palabras, es un estudio en profundidad del estado y comportamiento energético de un edificio, o de una organización, con el fin de detectar los factores que afectan al consumo energético, ayudando a entender cómo se está utilizando la energía en la entidad o edificio auditado.
¿Cuál es su principal objetivo?
Determinar las oportunidades de ahorro y mejorar la eficiencia energética mientras se mantiene, e incluso se mejora el confort, la salubridad y la seguridad del edificio o de las instalaciones.
¿Qué empresas están obligadas?
Aquellas empresas que tengan la consideración de grandes empresas, de más 250 trabajadores o las que tengan un volumen de negocio que sobrepase de 50 millones de euros y, a la par, un cómputo general que sobrepase de 43 millones de euros.
Sector industria
20%
Establecimientos comerciales
15%
Construcción
0.5%
Resto de empresas de servicios
60%
¿Cuáles son las fechas de realización y comunicación de una auditoría energética?
Según el RD 56/2016, la fecha de realización de una auditoría energética – 2020, debe ser cuando haya pasado 4 años desde que se hizo la auditoría en el año 2016.
Así mismo el RD, nos marca como fecha de comunicación, un plazo máximo de tres meses desde que se ha vuelto a realizar la auditoria en el 2020.
¿Qué nos permitirá conocer las auditorías energéticas realizadas en 2020 con respecto a las 2016?
Nos permitirá conocer los ahorros energéticos correspondientes a las mejoras implementadas derivadas de la última comunicación relativa a la realización de la auditoría energética anterior expresado en kWh/año.
Así mismo, nos otorga el conocimiento de cuanto ha sido la reducción de la emisión de Dióxido de Carbono (CO2) a la atmosfera por parte de la entidad empresarial.
“Las prácticas llevadas a cabo con una auditoría, es el cumplimiento de la responsabilidad social empresarial, que permite tener un impacto positivo en la sociedad y en el medio ambiente ya que se está ayudando a disminuir la contaminación y el daño ambiental de nuestro planeta.”